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La Legislatura porteña arrancará este viernes mañana con el análisis de un proyecto de ley para regular la actividad en la ciudad de los repartidores y de las aplicaciones de delivery, que obliga a tener domicilio en el distrito y contar con un seguro laboral costeado por las empresas, a la vez que prohíbe el sistema de incentivo y castigo a los trabajadores e incorpora un sitio de quejas para los clientes.
La propuesta será parte de los temas a abordar por la Comisión de Tránsito de la Legislatura, que se reunirá desde las 10.30 y contempla una extensa normativa para ordenar esta modalidad de trabajo que adquirió un rol protagónico desde que comenzó el aislamiento obligatorio por la pandemia de coronavirus.
En rigor, el servicio de mensajería y el de reparto de sustancias alimenticias se hicieron populares con el crecimiento plataformas tecnológicas como Rappi, Glovo, PedidosYa y Uber Eats, las que permiten realizar los pedidos a través del teléfono celular, contactar los locales de gastronomía o enviar correspondencia.
No obstante, en la ciudad de Buenos Aires no existe un marco normativo para la actividad, por lo cual los legisladores comenzarán con el debate en las comisiones parlamentarias para avanzar en la sanción de la ley que, entre otros puntos, propone la creación de un Registro en el cual se deberán inscribir tanto las operadoras digitales como los repartidores y mensajeros.
El proyecto contiene modificaciones al Código de Tránsito y Transporte, al Régimen de Faltas y al Código Contravencional vigentes en la Ciudad y fue presentado por los legisladores Cristina García de Aurteneche (Vamos Juntos) y Marcelo Guouman (UCR-Evolución), que trabajaron en su redacción con la Secretaría de Tránsito local.
“El objetivo del proyecto es regular el servicio de mensajería urbana y reparto a domicilio de sustancias alimenticias, otorgándole desde la perspectiva de transporte, un nuevo marco legal al sector, que contemple los nuevos cambios y haga compatible el servicio con las nuevas exigencias de seguridad vial y de tecnología”, indicaron sus autores.
Puntualmente, la ley define a tres actores fundamentales en esta cadena laboral: a las plataformas digitales en la que “terceros ofertan y demandan” el delivery, los propios repartidores y mensajeros habilitados para ejecutar la tarea, y a los prestadores del servicio, que son, en su mayoría, los locales de mensajería.
Los tres deberán contar, para su funcionamiento, con una habilitación, que tendrá vigencia de un año, y acreditar la inscripción ante la AFIP y la AGIP porteña; tener domicilio en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y dar constancia de la contratación de los seguros que corresponden para la actividad.
En lo que hace a los repartidores y mensajeros, estarán obligados a no tener infracciones de tránsito y a aprobar cursos específicos de capacitación que necesariamente incluirán nociones de seguridad vial y de normativa vinculada con los servicios que prestan.
Asimismo, para circular tendrán que hacerlo con un casco homologado para la categoría que corresponda según el vehículo que se utilice y con una indumentaria que porte bandas reflectivas.
En ese sentido, la iniciativa dispone que sean tanto los operadores de plataforma digital como los prestadores del servicio “en los casos que corresponda, faciliten los medios para que mensajeros y repartidores obtengan los cascos homologados y la indumentaria adecuada”.
También estará a cargo de las empresas de las apps la provisión de los seguros para los trabajadores que están en las calles, entre ellos, el de Accidentes de Trabajo, de Vida Obligatorio, de Responsabilidad Civil y de Accidentes personales.
Y además, en las plataformas digitales, se incorporará un mecanismo de “reporte de quejas” para que los clientes puedan canalizar algún reclamo respecto del servicio “de manera simple y accesible y con un procedimiento eficaz para solucionar o dar respuesta”.
Por último, el proyecto fija un esquema de sanciones administrativas para cada uno de los actores intervinientes que se agrupan en leves, graves y muy graves, y que incluyen -a modo de pena- la suspensión y la baja de la habilitación; así como el pago de multas económicas que, de acuerdo a la falta, puede alcanzar los 480.000 pesos.
Entre las faltas muy graves se incluyó a una situación que existe en la actualidad mediante la cual los plataformas implementan un sistema “de incentivos y castigos” que estimulan prácticas que fomenten el exceso de los límites permitidos de velocidad o incumplimiento de otras normas de tránsito por parte de los repartidores.
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